- Uno por uno, los ex funcionarios de la administración han ido liberados
- Este día, el siguiente será el ex Fiscal General Luis Ángel Bravo Contreras
- Por irregularidades legales cometidas en los respectivos procesos
Por Miguel Angel
Cristiani G.
Con la novedad de que el detenido en Pacho Viejo de los
funcionarios de la administración de Javier Duarte de Ochoa que podría quedar
en libertad en las próximas horas de este martes, es nada más ni nada menos que
el ex fiscal Luis Ángel Bravo Contreras, quien vendría a sumarse a la lista de
ex titulares de secretarías y de despacho que han ido quedando en libertad, al
parecer por irregularidades legales en sus respectivos procesos ante la
justicia.
Ahora sí que -poniéndole fondo musical- como dice la
canción: de los diez perritos que tenía…ahora sería… “de los 10 funcionarios
que tenía en la cárcel, se me fueron saliendo uno a uno y no quedó ninguno” en
un descuido, hasta el ex secretario de Seguridad Pública Arturo Bermúdez Zurita
y el mismísimo gobernador del estado, Javier Duarte de Ochoa salen por la
puerta del frente de la prisión y recuperan su libertad.
¡Aunque usted no lo crea!
Le comento como está el asunto del ex fiscal Luis Ángel
Bravo Contreras, que independientemente de las graves acusaciones por las que
fue detenido, precisamente ahí está el detalle que le permitirá salir libre, ya
que tenía un amparo de un tribunal federal y en consecuencia no podía ser
encarcelado.
De acuerdo con lo que nos explicó el abogado defensor de Luis
Ángel Bravo Contreras licenciado Arturo Baltazar Nicolas, su cliente estaba
bajo los efectos de una suspensión y no podría haber sido detenido, y no se le podría
poner medida cautelar alguna, por lo tanto nuevamente un Tribunal Federal resuelve
que Luis Ángel Bravo Contreras, esta privado de su libertad ilegalmente.
Así de sencillo, una rayita más al tigre, que nuevamente por
fallas en el proceso legal, permite a los ex funcionarios Duartistas salir de
prisión.
El abogado nos entregó una copia de la versión pública, de
la resolución que se emitió el día 15 de noviembre de este año en donde; el Tribunal
Colegiado ante la cual se interpuso la queja correspondiente, resuelve el
recurso de queja 128/2018 y resuelve básicamente que Luis Ángel Bravo Contreras nunca debió de ser detenido estaba bajo los
efectos de una suspensión provisional, concedida en un amparo indirecto, y
resuelve que se incumplió la suspensión provisional concedida por acuerdo de 24
mayo del 2018.
En la parte medular establece que debido a esta suspensión
no se podía afectar su libertad personal. (punto número uno)
(Punto número dos) la juez responsable Alma Leída Sosa
Jiménez, no estaba en condiciones de fijar una medida cautelar de prisión preventiva
justificada, dado que el juzgado de amparo no emitió pronunciamiento para que
dejara de surtir efecto, la suspensión concedida.
En todo momento, se resalta el ex fiscal General; estaba
bajo los efectos de la suspensión en el amparo que se había interpuesto; y
resuelve como punto final, puntualizado lo anterior, este tribunal colegiado
concluye que desde el momento, en que el quejoso fue detenido por una orden de
aprensión, en la que el delito atribuido, no es de prisión preventiva oficiosa,
al no contemplarse así en el presente 19 de la carta Magna y puesto a
disposición de la juez de control; la jueza hizo anulatorio el mecanismo de
protección que garantiza la suspensión del acto reclamado, en el juicio de
amparo.
De la hora incidentista, esto lleva como consecuencia a
actualizar; a fracción tercera del artículo 262 que establece una penalidad de
3 a 9 años de prisión al juez que viole una suspensión concedida en un amparo,
se actualiza el artículo 262 y 107 de la Constitución política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Con esto, esta resolución que fue emitida, el día 15 de
noviembre esperamos a que se realizará; el en glose correspondiente, y en
cuestión de hora será notificado, el juez de control y de esta resolución y la
consecuencia en que el ex Fiscal General quedé en inmediata libertad, porque es
muy claro nunca debió de ser detenido, y que no estaba; la jueza facultada;
para imponer medida cautelar alguna, en contra de mi representado, debido a que
estaba amparado.
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