Por Miguel Angel Cristiani G.
Aunque de acuerdo con el calendario de procesos electorales
del Instituto Nacional Electoral, el proceso para la designación de autoridades
el año entrante ya dio inicio desde el pasado 8 de septiembre, todavía a estas
alturas del partido, hay funcionarios públicos de todos los niveles federal,
estatal y municipal, que en estricto apego a la Constitución y las leyes
electorales están incurriendo en fragantes violaciones.
Nada más hay que checar las redes sociales de algunos
políticos y funcionarios, que están subiendo fotografías en donde -con el
pretexto de llevar auxilio a damnificados por las lluvias- están entregando
despensas a los pobladores de diversas comunidades.
Que quede bien claro, no estamos en contra de que se ayude a
quienes necesitan recibir un apoyo. Que bueno que lleven despensas a la
población, que repartan todas las que puedan, pero que no aparezcan ellos y
ellas, ni sus membretes de asociaciones o programas “sociales”.
Lo que resulta reprobable y criticable es el hecho de que
algunos políticos estén aprovechando la desgracia ajena, para llevar agua a su
molino, es decir que estén entregando recursos públicos y todavía hasta se
sacan las fotos y las publican en sus redes sociales.
Más aún, hay quienes se promueven en noticieros de radio y
televisión, con el pretexto de que están siendo entrevistados o que les están
cubriendo sus giras promocionales, de entrega de recursos federales o estatales
y hasta municipales.
Para nadie es un secreto que el año entrante se tendrán que
renovar desde la mismísima presidencia de la república, la gubernatura de
Veracruz, las senadurías y las diputaciones, por lo que aunque legalmente ya
inició el proceso electoral desde el pasado 8 de septiembre, todavía hay
quienes se están promoviendo con la entrega de los famosos “apoyos”.
Pero nada más hay que recordarles a esos funcionarios que
precisamente esas imágenes, videos y audios en donde aparecen entregando
despensas y todo tipo de apoyos, son las que podrán utilizar sus adversarios
para demandar la anulación de la elección.
Pero no solamente están poniendo en riesgo su elección a uno
de los cargos públicos, sin que además, de acuerdo con la nueva ley electoral,
los servidores públicos enfrentarán penas de dos a nueve años de prisión por
delitos electorales.
Por principio de cuentas, pareciera que los funcionarios y
funcionarias públicas que se están promoviendo con la entrega de apoyos, sus
asesores y abogados no les han dicho que el el artículo 134 Constitucional de
los Estados Unidos Mexicanos establece y ordena que: “La propaganda, bajo
cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los
poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la
administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno,
deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de
orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres,
imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier
servidor público.
Pero por si no les queda claro, también en otro artículo Constitucional,
el 41 en su Apartado C, dice “Durante el tiempo que comprendan las campañas
electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada
comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social
de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales,
como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus
delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo
anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las
relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la
protección civil en casos de emergencia.
Apartado D. Las infracciones
a lo dispuesto en esta base serán sancionadas por el Instituto Federal
Electoral mediante procedimientos expeditos, que podrán incluir la orden de
cancelación inmediata de las transmisiones en radio y televisión, de
concesionarios y permisionarios, que resulten violatorias de la ley”.
Pero si dichos funcionarios y funcionarias no han leído el
artículo 41 de la Constitución Política, mucho menos habrán leído y estarán
enteradas de lo que establece el Artículo 228 del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales el famoso COFIPE que en su Capítulo
tercero de las campañas electorales establece:
“ Para los efectos de lo dispuesto por el párrafo séptimo
del artículo 134 de la Constitución, el informe anual de labores o gestión de
los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se
difundan en los medios de comunicación social, no serán considerados como
propaganda, siempre que la difusión se limite a una vez al año en estaciones y
canales con cobertura regional correspondiente al ámbito geográfico de
responsabilidad del servidor público y no exceda de los siete días anteriores y
cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe. En ningún caso la
difusión de tales informes podrá tener fines electorales, ni realizarse dentro
del periodo de campaña electoral”.
Para mejor entendimiento, habría que explicarles que los
funcionarios públicos de todos los niveles, federal, estatal o municipal solamente
podrán aparecer haciendo publicidad a su gestión –una vez al año y solo 7 días antes
y cinco posteriores a su informe de labores- todo lo demás está violando la
Constitución que prometieron cumplir y hacer cumplir y de paso las leyes
reglamentarias.
Hay otro delito importante en el artículo 15, que es una
novedad en materia penal electoral: “se castigará con pena de cinco a 15 años
de prisión a quien aporte recursos de procedencia ilícita" a las campañas.
Pero esa como diría Pancho López el filósofo de mi pueblo, es otra historia.
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